Que por el Artículo 1° del Decreto 042/22, el Presidente de la Nación dispone
que el día 18 de Mayo del 2022, se realice el Censo Nacional de Población de
Hogares y viviendas ronda revistiendo dicha fecha de calidad de Feriado
Nacional, de conformidad con los alcances establecidos en la Ley N°24.254,
La misma que prevé la
prohibición desde las 00:00hs y hasta las 20.00 hs., del día del censo (del día
18-5-22) las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias
deportivas y en general de toda clase de espectáculos y reuniones públicas al
aire libre o en recientes cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de
expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo
comercio de venta de artículos alimenticios y bebidas y clubes permanecerán
cerrados hasta la hora indicada. (20hs.)
Por lo que se recuerda a la población y se le solicita de su total colaboración para el cumplimiento de estas medidas dispuestas desde el ejecutivo nacional y que esta jornada transcurra de la mejor manera posible.