jueves, 10 de noviembre de 2022

La policía de Corrientes participó del Acto inaugural del nuevo edificio del Poder Judicial

El lunes quedó inaugurado el flamante edificio de las Oficinas Judiciales (Ofiju), que constituyen un organismo nuevo en el Código Procesal penal que posee independencia funcional de carácter instrumental, el cual se halla emplazado por calle Jujuy 848

Desde las 00 de este martes, rige en la capital de Corrientes el nuevo Código Procesal Penal. La Ley N° 6518, que el Superior Tribunal de Justicia aplicó de modo gradual en la provincia, reemplaza de modo definitivo a la Ley N° 2945 que data de 1971.
Destacan que la implementación de la ley N° 6518 en la Capital correntina consolida una etapa institucional e histórica para el Poder Judicial iniciada el 1° de septiembre del 2020. Tras 50 años Corrientes abandona el sistema mixto para pasar al acusatorio adversarial.
Además de funcionarios destacados del Poder Ejecutivo Provincial como ser el vicegobernador Pedro Braillard Poccard, del Poder Judicial el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Eduardo Rey Vazquez, estuvieron el 𝗺𝗶𝗻𝗶𝘀𝘁𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝗦𝗲𝗴𝘂𝗿𝗶𝗱𝗮𝗱, 𝗕𝘂𝗲𝗻𝗮𝘃𝗲𝗻𝘁𝘂𝗿𝗮 𝗗𝘂𝗮𝗿𝘁𝗲, 𝗲𝗹 𝗷𝗲𝗳𝗲 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗣𝗼𝗹𝗶𝗰𝗶́𝗮, 𝗰𝗼𝗺𝗶𝘀𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗴𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗹 (𝗗𝗿) 𝗔𝗹𝗯𝗲𝗿𝘁𝗼 𝗔𝗿𝗻𝗮𝗹𝗱𝗼 𝗠𝗼𝗹𝗶𝗻𝗮 𝘆 𝗲𝗹 𝘀𝘂𝗯𝗷𝗲𝗳𝗲, 𝗰𝗼𝗺𝗶𝘀𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗴𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗹, 𝗝𝗼𝗿𝗴𝗲 𝗔𝗻𝗱𝗿𝗲́𝘀 𝗖𝗿𝗶𝘀𝘁𝗮𝗹𝗱𝗼, entre otros.
La Oficina Judicial (OfiJu) cuenta con 31 técnicos administrativos y profesionales que nuclean la tarea de todo el fuero penal de la ciudad. De ahora en más en ese predio se concentra la administración de los procesos penales y sirve de soporte y apoyo a la actividad de los magistrados. Sus integrantes llevan adelante los legajos –antes llamados expedientes- y trabajan en contacto directo con la policía provincial.
𝗢𝗯𝗷𝗲𝘁𝗶𝘃𝗼𝘀 𝗰𝗲𝗻𝘁𝗿𝗮𝗹𝗲𝘀
La nueva norma tiene como objetivos centrales la resolución de conflictos penales con celeridad puesto que los plazos son muy cortos. Además levanta como estandartes principios tales como
*𝗢𝗿𝗮𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱: los planteos que realizan las partes son resueltos por el juez en audiencia)
*𝗜𝗴𝘂𝗮𝗹𝗱𝗮𝗱 𝗲𝗻𝘁𝗿𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗲𝘀: todos los litigantes tengan las mismas oportunidades de actuación dentro del proceso, sin que ninguno se encuentre en posición de inferioridad respecto de los demás.
*𝗣𝘂𝗯𝗹𝗶𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱: las audiencias serán abiertas al público, salvo que se presente alguna de las excepciones previstas legalmente.
*𝗖𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝗱𝗶𝗰𝗰𝗶𝗼́𝗻: método de conocimiento para el descubrimiento de la verdad, en el que las partes desde posiciones equivalentes plantean su visión del caso al juez o tribunal, que decidirá con imparcialidad.
*𝗖𝗼𝗻𝗰𝗲𝗻𝘁𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻: debe desarrollarse la mayor actividad procesal posible en las audiencias. Su interrupción sólo puede suceder por razones debidamente justificadas.
*𝗜𝗻𝗺𝗲𝗱𝗶𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻: la prueba debe ser producida por las partes en presencia de los jueces que luego adopten las decisiones.
*𝗦𝗶𝗺𝗽𝗹𝗶𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱 𝘆 𝗰𝗲𝗹𝗲𝗿𝗶𝗱𝗮𝗱: las etapas del proceso tendrán plazos breves y se desarrollarán de manera ágil y dinámica, sin demoras innecesarias, procurando únicamente obtener la información útil para la solución del caso.
*𝗗𝗲𝘀𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻: las investigaciones se llevarán a cabo sin ritos excesivos que atenten contra la eficacia de las medidas adoptadas.
𝗟𝗲𝗻𝗴𝘂𝗮𝗷𝗲 𝗰𝗹𝗮𝗿𝗼
Los escritos se reducen de modo sustancial a cuatro: órdenes de allanamiento, imputaciones de la fiscalía de investigación, sentencias y cómputos de la pena. En relación a las sentencias, el magistrado debe dar una explicación oral a las partes y redactarlas en lenguaje claro.
𝗢𝗳𝗶𝗰𝗶𝗻𝗮𝘀 𝗝𝘂𝗱𝗶𝗰𝗶𝗮𝗹𝗲𝘀
La Oficina Judicial (OfiJu) es un organismo nuevo en el Código Procesal penal que posee independencia funcional de carácter instrumental. Esto quiere decir, que concentra la administración de los procesos penales y sirve de soporte y apoyo a la actividad de los magistrados. Sus integrantes llevan adelante los legajos –antes llamados expedientes- y trabajan en contacto directo con la policía provincial.
En Capital estas oficinas cuentan con 31 técnicos administrativos y profesionales que nuclean la tarea de todo el fuero penal de la ciudad. En el interior, también se han establecido Oficinas Judiciales en Paso de los Libres y Monte Caseros (4° Circunscripción); en Curuzú Cuatiá y Mercedes (3° Circunscripción); Goya y Esquina (2° Circunscripción); y en Santo Tomé y Gobernador Virasoro (5° Circunscripción). Todas se encuentran bajo la Coordinación General de la doctora María Belén Herrmann y Andrea González Cabaña, asesora técnica.
En n la planta baja funcionará la Mesa de Entradas de la OFIJU, tres salas de audiencias y una Cámara Gesell.
𝗔𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗴𝗿𝗮𝗱𝘂𝗮𝗹
La gradualidad fue decisiva en la implementación debido a la profundidad de los cambios tecnológicos, de recursos humanos, arquitectónicos y de capacitación requeridos. El 1° de septiembre de 2020 la Circunscripción que dio el puntapié inicial con el sistema acusatorio adversarial fue la 4° Circunscripción con cabecera en Paso de los Libres; la 3° Circunscripción con cabecera en Mercedes lo hizo dos meses después, el 1° de noviembre de ese año; y la 2° Circunscripción con asiento en Goya el 1° de marzo del 2021. Por último, la 5° Circunscripción cuya cabecera es Santo Tomé el 1° de julio del año pasado, y se incorporaron el 7 de julio Bella Vista y Santa Rosa, y el 30 de agosto Saldas, en la 1° Circunscripción.
A𝘂𝗱𝗶𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 𝗰𝗲𝗹𝗲𝗯𝗿𝗮𝗱𝗮𝘀
Hasta el 30 de septiembre pasado –datos en proceso de validación- se iniciaron 24.695 Legajos Investigación Fiscal y 3.563 Legajos Judiciales. De esa totalidad, el promedio de causas judicializadas es de 14 %. Según las actuaciones, se han dictado 301 sentencias; 7.978 resoluciones; se concretaron 7.567audiencias –grabadas en inveniet- con un promedio de 18 minutos. Las Oficinas Judiciales realizaron 54.845 actuaciones.