sábado, 22 de septiembre de 2012

RESTRICCIÓN Y DESVÍOS DE CIRCULACIÓN DURANTE LA PEREGRINACIÓN JUVENIL

Asimismo, se informa que la Policía de la Provincia tiene presencia, competencia y autoridad permanente en todas las ruta nacionales y provinciales en materia de seguridad publica y teniendo en cuenta que la peregrinación se desarrollara en parte de su recorrido por ruta nacional y rutas provinciales, resulta necesario ejercer el estricto control en materia de seguridad vial fundado en la Ley Nacional de transito Nº 24.449/95 y Ley Provincial Nº 5037.
Que en tal sentido y a los fines de resguardar la integridad de los peregrinos, facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros viales, se considera necesario restringir la circulación de camiones de carga de mas de 3500 Kg., en horarios y tramos de ruta nacional y rutas provinciales involucradas durante el lapso de tiempo que será el escenario del paso de los peregrinos.
Es por ello, que a partir del Sábado 22-09-12, a las 07,00 horas y hasta las 18,00 horas del Domingo 23-09-12, existirá una restricción de circulación para los camiones de mas de 3.500 kg., que circulen por RN Nº 12, desde Posadas con destino a Corrientes Capital o hacia Resistencia, y viceversa, deberán hacerlo por Ruta Nacional Nº 118, que lleva hasta las Cuatro Bocas de saladas y desde allí, retomar la Ruta Nacional Nº 12, para llegar a Corrientes, Resistencia y otras zonas de esa región.
Los camiones, de menos de 3.500 kg. de peso podrán hacerlo por Ruta Provincial Nº 5, tanto en un sentido como en otro; en tanto que los Camiones que ingresen a la ciudad por el Puente Interprovincial con destino al norte o sur del país, deberán hacerlo por Avenida 3 de Abril, hasta la Avenida Maipú y desde allí retomar la ruta Nacional Nº 12.
Rutas Nacionales Nº 12 y Nº 14, la Policía de Corrientes efectuara los controles correspondientes en este caso, siendo los días y horarios los siguientes:
• VIERNES 21-SEPTIEMBRE-2012:DESDE LAS 18,00 HORAS, HASTA LAS 23,59 HORAS
• LUNES 24-SEPTIEMBRE-2012: DESDE LAS 18,00 HORAS, HASTA LAS 23,59 HORAS
Asimismo, se da a conocer que se encuentran exceptuados de dicha restricción, los siguientes vehículos:
 Transporte de leche cruda
 Transporte de animales vivos
 Transporte de productos frutihortícolas en transito
 Trasnporte exclusivo de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales
 De atención de emergencias
 De asistencia de vehículos averiados o accidentados
 Cisternas de traslado de combustibles y de Gas natural comprimido
 Transporte de gases necesarios para funcionamiento de centros sanitarios
 Transporte de Medicinas
 Transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos